Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial
CONSIDERACIONES PARA SU REALIZACIÓN
El
Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial es un documento técnico que hace
parte de las exigencias legales colombianas en el contexto del Sistema General
de Riesgos Laborales y la implementación de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
De
acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo “Los empleadores que tengan a su
servicio diez (10) o más trabajadores permanentes deben elaborar un reglamento
especial de higiene y seguridad, a más tardar dentro de los tres (3) meses
siguientes a la iniciación de labores, si se trata de un nuevo establecimiento.
El Ministerio de la Protección Social vigilará el cumplimiento de esta
disposición”. CST.
Artículo 349 - Modificado por el art. 55, Ley 962 de 2005.
Para
realizar el documento del Reglamento de
Higiene y Seguridad Industrial, se plantea el modelo FORMATO RHSI.
Una vez
aprobado (es recomendable que sea firmado por el representante legal de la
empresa) el Reglamento de Higiene y
Seguridad Industrial, “el empleador debe mantenerlo fijado en dos (2) lugares
visibles del local del trabajo”. CST. Artículo 351
Actualmente
persiste la obligación de elaborar y publicar el Reglamento de Higiene y
Seguridad Industrial, pero ya no es necesario revisión ni la aprobación por
parte del Ministerio del Trabajo. Ley 962 de 2005 – Ley anti-trámites. Artículo 55.
El Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial se realiza cuando la empresa inicia labores y se actualiza cada vez que haya cambios que lo indiquen, para garantizar que se mantiene actualizado.
Bogotá, D.C. 2015
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